FORMALIZACIÓN PENAL POR DELITO DE HOMICIDIO CULPOSO (CUASIDELITO DE HOMICIDIO), A GERENTES GENERALES DE EMPRESAS MINERA ESCONDIDA LIMITADA, y CAUCHOS INDUSTRIALES S.A.
Hace
pocos días, la Fiscalía del Ministerio
Público de Antofagasta ha solicitado, al pertinente
Tribunal de Garantía,
disponer la realización de Audiencia,
para
formalizar la investigación penal
en contra de Claudio
Zamorano Jones, cédula de
identidad N°10.665.758-0, en calidad de representante legal de la
empresa CAUCHOS INDUSTRIALES S.A.,
Rol único tributario
Nº 95.748.000-4, ambos domiciliados en avenida Américo Vespucio
N°2101, comuna de Renca, y contra Marcelo Alonso Castillo
Tarifeño, cédula de identidad
N° 9.430.552-7, en representación de la empresa MINERA
ESCONDIDA LIMITADA, Rol único
tributario Nº 79.587.210-8, ambos con domicilio en Cerro El Plomo
N°6000, piso 18, comuna de Las Condes, por la participación y
responsabilidad en el homicidio culposo del trabajador RUDY
HENRY ORTIZ MARTÍNEZ el 21 de
octubre de 2016, en uno de los molinos de la empresa principal MINERA
ESCONDIDA LTDA. en su planta de Laguna Seca, región de Antofagasta.
El 21 de junio de
2018 el Tribunal de
Garantía de Antofagasta fijó
fecha de Audiencia- solicitada por el Fiscal a cargo de la
investigación- para formalizar criminalmente a los
ya individualizados ejecutivos empresariales.
Recordemos que el trabajador
RUDY ORTIZ MARTÍNEZ, de sólo 22 años, fue aplastado contra la
pared interior de uno de los molinos de la empresa MINERA ESCONDIDA
LTDA. posee en la faena de Laguna Seca (Antofagasta), por un brazo
mecánico de una máquina lainera.
Las faenas, peligrosísimas, se
ejecutaban sin condiciones mínimas de seguridad y quebrantando
instrucciones claras del fabricante de la máquina. Y ello bajo el
conocimiento y permisividad de la plana ejecutiva de ambas empresas,
tanto la principal o mandante (MINERA ESCONDIDA LTDA.), como la
contratista (CAUCHOS INDUSTRIALES S.A.).
Agravado por la conducta
encubridora, que incluyó no permitir el paso de funcionarios de la
Inspección del Trabajo.
Y por un ”informe”
del Comité Paritario, suministrado a la PDI, urgido en inculpar
-falsamente- al trabajador y encubrir la responsabilidad empresarial.
Y que la PDI desestimó desde un comienzo, por su evidente carencia
de fundamento y seriedad.
Falacias ilícitas, que las
investigaciones de organismos oficiales y el aporte de la querella
presentada por familiares, han desvirtuado totalmente.