martes, 1 de abril de 2014

¿IGUALDAD DE TRATO REMUNERATORIO A LA MUJER TRABAJADORA EN CHILE?

TRATO REMUNERATORIO A LA MUJER TRABAJADORA

A propósito del trato remuneratorio a la mujer trabajadora, útil será conocer la realidad de la legislación chilena y la conducta oficial. 
   Importa insertarlo aquí, porque tales estudios no se encontrarán en otras partes. Desgraciadamente, tampoco en llamadas “escuelas sindicales” de Universidades públicas, es decir, financiadas por todos. Las redes y vínculos personales y partidarios, y la complacencia hacia el poder político y hacia el sector empresarial (varios instructores se ligan al empresariado), parecen motivar a evadir temas esenciales.
   Añádase que no pocos integrantes (profesores) jamás han pisado un sindicato (menos aun participado en su creación), y jamás han vivido una negociación colectiva (menos incluso una huelga).
   No exentas de paternalismo apatronado, con métodos y enfoques sobre la legalidad y el Estado que, en los hechos, afianza la relación de dependencia, obediencia y subordinación del dirigente y el trabajador hacia la contraparte empresarial y hacia la situación imperante.
   Queda oculto que el sindicalismo es mucho más que la legislación; y que precisamente sus luchas han logrado el respeto de derechos.